jueves, 1 de agosto de 2013

CASA ROVERANO: LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS HABÍA AUTORIZADO SU DEMOLICIÓN (colaboración)

EL QUILMERO viene siguiendo los pasos de lo que acontece con la tan mentada Casa Roverano. Algunos medios afortunadamente no dejan que las noticias pierdan vigencia y vuelven al tema a la menor distracción de los funcionarios. Respondemos al abogado de los demoledores, que la Justicia debe propender al bien general, no sólo a tales o cuales individuos, poniendo orden o freno a la impericia de algunos numerarios municipales, aunque las leyes con sus eufemismos parecieran darles la razón.  
Chalo Agnelli

De “Quilmes a Diario” - Pedro Navarro
SE AUTORIZÓ SU DEMOLICIÓN 
El abogado de los propietarios de la Casa que perteneció al pintor Víctor Roverano, emplazada sobre Garibaldi, entre Mitre y Alvear, de Quilmes Centro, dio a conocer que la secretaría de Obras Públicas y la propia asesoría letrada de la Comuna, autorizaron, por escrito la demolición de esa propiedad.
El doctor Alejandro Parody dio detalles y argumentos que avalan el pedido de demolición de la propiedad. Dijo que en 1988 se aprobó una ordenanza que declaraba patrimonio histórico la manzana de Quilmes Centro donde están, la Catedral, la Escuela uno, la Casa de la Cultura, la Escuela de Bellas Artes, la comisaría y la Biblioteca Municipal. 

JUNTA DE ESTUDIOS HISTÓRICOS 
También señalaba que el organismo el cual debía analizar qué propiedades o zonas debían ser consideradas patrimonio municipal, debía ser la Junta de Estudios Históricos de Quilmes. En el año 2004 el H. Concejo Deliberante modificó la ordenanza agregando que la Casa de Roverano era también de patrimonio histórico, arrogándose la tarea que le correspondía a la Junta de Estudios Históricos.
Parody señala que “El Concejo lo que hace es agregar un artículo más a la Ordenanza del 88. Nunca intervino una junta que declare expresamente como Monumento Histórico a la casa. O sea que fue una mera intención, una expresión de deseo o como se llama en el ámbito del derecho, una restricción de carácter administrativo. Lo que nunca puede es enervar el derecho de propiedad que tiene el propietario sobre un inmueble que compró y que no tiene ningún gravamen." 

ADQUISICIÓN DE LA PROPIEDAD 
El letrado agrega que cuando los actuales propietarios adquirieron la casa, no había ninguna restricción. “En el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, no figura que sea patrimonio municipal porque el Municipio nunca cumplimentó los trámites, no cumplió con una ley provincial y tampoco compró la propiedad.” 

PEDIDO DE DEMOLICIÓN 
En el 2009 se inicia un expediente en el Municipio donde se pide la demolición porque “se considera que es una obra ruinosa, se acompaña con un informe técnico realizado por un ingeniero matriculado. Y la Municipalidad considera que se puede proceder a la demolición, inclusive la Secretaria de Obras Públicas, la arquitecta Roxana González, fue quien dijo y firmó que se podía dejar sólo una placa recordatoria. Después hubo un cambio de visión política, que entiendo que ha salido del señor Intendente, y los mismos funcionarios que decían que se podía demoler, ahora dicen que no se puede. Todo eso figura en el expediente.” 

DEMOLICIÓN 
Hace dos meses, los propietarios contrataron maquinarias para hacer limpieza del predio donde está la casa y fue la misma funcionaria que había autorizado la demolición la que lo impidió de hecho y realizó una denuncia policial…



TEATRO 
Parody continuó “Ahora que cobró más valor porque se construyó el Teatro Municipal a la vuelta, la Municipalidad en vez de comprar la casa, va al camino más fácil: dice que no se puede tocar porque es un monumento histórico. Y la Municipalidad no colabora porque el predio está lleno de basura, y los propietarios son obligados a pagar impuestos sobre una propiedad a la que no pueden entrar. Cuando vamos a ejercer el derecho sobre la propiedad, el poder político llama a la policía y la policía responde a al poder político y no al particular. El pedido de apropiación no es sólo por la casa sino por toda la parcela." 

DECISIÓN JUDICIAL 
Los propietarios esperan que la Justicia les permita hacer uso de la propiedad que les pertenece. La causa está en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, a cargo del doctor Hugo Guarnieri.

Pedro Navarro
http://www.quilmesadiario.com.ar/notas.php?orden=00000007141


2 comentarios:

yo dijo...
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Anónimo dijo...

lo que se puede hacer, atendiendo el derecho de los propietarios, es resarcirlos economicamente, conforme se estipula en la ley de expropiaciones, es decir, con un motivo valido ( y lo tienen, ya que es patrimonio historico ) y un justo precio y un resultado indemne, que contemple precio real de la propiedad y perjuicios economicos y morales que la expropiacion pudiere ocasionar. De esta manera, se encontraria una solucion salomonica, ya que ambos intereses, privados y publicos, estarian proporcionalmente resguardados. EFICIENCIA, VOLUNTAD POLITICA, EQUIDAD Y SOBRE TODO EXCELENCIA EN LA GESTION. Si, ya se, es como pedirle peras al olmo, no?. Mónica L.