viernes, 15 de octubre de 2021

"PEDESTALES Y PRONTUARIOS" CICLO DE CONFERENCIAS DE LA JEHQ 20/10

Marcelo Valko investiga la temática de genocidio indígena, escribió varios libros sobre el tema y en este va a presentar la investigación de su último libro donde desarrolla el tema de la simbología conmemorativa y su función social en la construcción de nuestra sociedad dándole Pedestales a muchos personajes de nuestra historia que en realidad deberían tener Prontuarios. Propone que nuestra sociedad se desarrollo a partir de una pedagogía de la desmemoria que invisibiliza a muchos actores sociales (indigentes y afrodescendientes) que deben tener su lugar en la historia
Natalia Stadler
Coord. General de la JEHQ

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"8 DE NOVIEMBRE "DÍA NACIONAL DE LOS/AS AFROAGENTINOS/AS Y DE LA CULTURA AFRO"

 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la Municipalidad de Quilmes por decreto número HCD-O-2 - 28250 del 5 de noviembre 2021, declara de INTERÉS MUNICIPAL el "DÍA NACIONAL DE LOS/LAS AFROARGENTINOS/AS Y DE LA CULTURA AFRO" según autoría del Bloque Frente de Todos, concejala Patricia Mendía.

Quilmes, octubre 1 de 2021.

VISTO:

           La Ley Nacional Nº26.852 sancionada el día 14 de abril del 2013 y promulgada el 20 de Mayo del mismo año en la Provincia de Buenos Aires al día 8 de noviembre como "Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro", declárese de Interés Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que cuando hablamos de las comunidades afrodescendientes tenemos que hacer un proceso de identificación identitaria de esa población.

Que Argentina se ha definido siempre como "blanca", como "el país más europeo de América", producto de un complejo proceso de construcción de Nación que invisibiliza la diversidad étnica y racial existente.

Que uno de los pasos más importantes del Movimiento Negro organizado de Argentina para todas y todos ha sido el de obtener el reconocimiento en base a la visibilización de la comunidad afrodescendiente invisibilizada a nivel nacional, en primera instancia y posteriormente, establecer una agenda como prioridad dentro del colectivo para lograr derechos humanos de reconocimiento y políticas públicas.

Que en el marco del 8 de noviembre, fecha que conmemora mediante la Ley Nº26.852 desde Mayo de 2013 el "Día Nacional de los/as afroagentinos/as y de la cultura afro", se realizó la presentación de la Mesa Interministerial de Políticas Públicas para la comunidad Afroargentina (20-11-2020), organizada por la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio de Cultura de la Nación. La reunión contó con la participación de la Ministra de Justicia, los Ministros de Cultura y Educación, el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, la Secretaria de Políticas de Igualdad y Diversidad del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, la titular del INADI, entre otros funcionarios y funcionarias nacionales e integrantes de diferentes organizaciones de la sociedad civil de todo el país; además de representantes de organismos internacionales.

A lo largo de las distintas exposiciones, la Mesa tuvo como eje, rescatar la importancia del aporte cultural, histórico, económico y social que hicieron las personas afro, afrodescendientes y afroargentinas en la historia nacional y destacar la figura de María Remedios del Valle, militar afroargentina, auxiliar en las invasiones inglesas y combatiente del Ejército del Norte en la Independencia de nuestro país. 

Que siguiendo la línea de visibilización y reconocimiento se creó la Resolución 230/20 desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, la xenofobia y el racismo, creando la Comisión para el reconocimiento Histórico de la Comunidad Afroargentina con el objetivo de contribuir al cumplimiento del pleno goce de los derechos de las y los ciudadanos que integran la misma; fomentando la participación en los procesos de políticas públicas que la afectan, brindando así un punto focal dentro de la administración pública Nacional que atienda la especificidad de las demandas y propuestas de dicha comunidad.

María de los Remedios del Valle, Capitana del Ejército del Norte,
MADRE DE LA PATRIA
ANTECEDENTES - DATOS RELEVANTES

                            Las poblaciones nativas racializadas, pueblos originarios y particularmente de las personas negras afrodescendientes han sido sistemáticamente invisibilizadas e incluso negadas, borradas de la historia argentina. La invisibilización y el negacionismo histórico que las comunidades negras-afrodescendientes viven en su propio territorio un racismo sistémico estructural e institucional, producto del borramiento de estas identidades, ya como una idea de país en donde el Art. 25 de la Constitución Nacional de 1853 dice: "…se fomentará la inmigración europea...” y no fue cambiado en la Reforma Constitucional de 1994. Es así que la población negra fue borrada de los censos nacionales de población. Allá por el año 1869, aún, cuando el puerto de la Ciudad de Buenos Aires, en algún momento capital del Virreinato del Río de la Plata, fue la puerta principal de acceso para los africanos y las africanas que fueron traídos como mano de obra esclavizada durante el período de la trata transatlántica esclavista.

                            Hacia 1778 la cantidad de negritud en el Virreinato oscilaba alrededor del 30 % y en otras provincias como en Tucumán representaba el 64 %, en Santiago del Estero el 54 %, en Catamarca el 52 %, en Salta el 46 % y en Córdoba el 60 %; lo que nos indica que el gran tráfico de la negritud existió en todo el territorio y que no todos murieron (como versa el mito), en la Guerra de la Triple Alianza o durante la epidemia de fiebre amarilla, sino que justamente se aplicó un borramiento censal e invisibilización y su contribución histórica de esta población.

                            Las estrategias desarrolladas para la visibilización ante la sociedad y el Estado ha sido "la lucha por el reconocimiento", convirtiéndose así en la forma paradigmática de conflicto político en los últimos años del siglo XX. El reconocimiento étnico, socio cultural y de participación política ha sido el objetivo de lucha; es por eso que apoyados en las diferentes Declaraciones de Derechos Humanos desde que en 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la cual se dejan sentadas las bases que son "el reconocimiento de la dignidad inalienable de los seres humanos", libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal, igual e inalienable.

                            En 1966 las DESC quedaron reflejados como derechos legales Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que, junto con la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), forman la denominada Carta Internacional de Derechos Humanos, junto a otros tratados universales y mecanismos regionales. La Constitución de 1994 otorga rango constitucional a una serie de Concordatos Internacionales que son parte de las estrategias para avanzar en post de justicia y reparación de daños.

                            Los Tratados y Concordados tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles, Políticos y su Protocolo Facultativo, la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los Derechos y Garantías por ella reconocidos (C.N. 1994).

                            A pesar de la existencia de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC1966) derechos humanos relativos a las condiciones sociales y económicas básicas necesarias para una vida en dignidad o libertad, y hablan de cuestiones tan básicas como el trabajo, la seguridad social, la salud, la educación, la alimentación, el agua, la vivienda, un medio ambiente adecuado y con nuestra cultura y naturaleza. Los DESC cobran sentido cuando adquieren contenido político. A pesar de su existencia no es hasta que la Comunidad Internacional va dando herramientas necesarias para que, tanto en el plano local como internacional, lleguen y se hagan oír las demandas. Es así que diferentes acciones fueron haciendo cada vez más visible a la comunidad Afro local con sus diferencias y matices.

                            Antecedentes previos para la visibilización censal. Fundamentalmente, el tema de las y los afrodescendientes cobra vigencia a partir de dos hechos fundamentales que sucedieron en el siglo XX, la Conferencia Regional de las Américas realizada en Santiago de Chile en el año 2000 y posteriormente la Conferencia Mundial contra el Racismo (WCAR) en Durban (Sudáfrica) en el año 2001 que fue un hito para la obtención de nuestros Derechos Humanos tomando otra categoría como la de Afrodescendientes, es por eso que algunas personas negras dijeron, en ese momento tan especial del Mundo: "entramos siendo negros, salimos siendo afrodescendientes".   Esta categoría es política para la defensa de nuestros Derechos Humanos.

                            Una prueba piloto fue realizada en el año 2005, 600 casas en el barrio Monserrat (Ciudad de Buenos Aires) y 600 casas en Santa Rosa de Lima (Ciudad de Santa Fe), desde el día 6 de abril hasta los primeros días de mayo de 2005. El 11 de mayo del mismo año el Banco Mundial realizó una evaluación de los resultados preliminares del cuestionario aplicado, estimándose que en ambas jurisdicciones el promedio de personas que se auto consideraron afrodescendientes fue aproximadamente un 4 % (Casa de la Cultura Indo-Afro-Americana,2006). Esta estadística respalda el estudio del Centro de Genética de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, que estimó que un 4,3 % de los habitantes de Buenos Aires y del conurbano tienen marcadores genéticos africanos. En el 2007 se designó el 25 de marzo "Día Internacional de recuerdo de las víctimas de la esclavitud y la trata transatlántica de esclavizados" para que celebre anualmente a partir del año 2008.

                            El 18 de diciembre de 2009 la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 64/169 proclamó el año 2011 "Año Internacional de los Afrodescendientes", reconocimiento para aproximadamente 200 millones de personas que se identifican a sí mismas con ascendencia africana que viven en las Américas. Desde allí, la propia Asamblea proclamó el 2011 como "Año Internacional de los Afrodescendientes", citando la necesidad de fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional para asegurar que los afrodescendientes disfruten plenamente de los derechos económicos, culturales, sociales, civiles, y políticos. El año busca, además, fomentar la integración de los afrodescendientes en todos los aspectos de la sociedad, promover un mayor conocimiento, respeto de la diversidad de su herencia y su cultura. El Secretario General de la ONU dio comienzo al "Año Internacional de los Afrodescendientes" el 10 de diciembre de 2010, Día de los Derechos Humanos.

                            El Censo Nacional de Población 2010 (prueba piloto, ya que no pudo aplicarse en todo el territorio) estableció que la población afrodescendiente de Argentina es de 149.493 personas (0,4 % del total). De este total, unos 137.583 son afroargentinos (el 92 %) y los restantes 11.960 (el 8 %) provenían de países limítrofes y otros. En este sentido, las organizaciones locales llevaron adelante pasos para su visibilización y empoderamiento. También acciones concretas como el Encuentro Nacional de Jóvenes Afrodescendientes 2011 y la Asamblea Nacional Afrodescendientes de la Argentina 2012. Estas declaraciones, resoluciones, proclamas y llamamientos en el plano internacional derivaron en lo local, también en acciones de relevancia para su revalorización y reconocimiento identitario por parte de las organizaciones de la sociedad civil es que se lleva al Congreso Nacional la propuesta que será Ley 26.852..."Instituyese el día 8 de Noviembre como "Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro" en conmemoración de María Remedios del Valle, a quien el General Manuel Belgrano le confirió el grado de Capitana por su arrojo y valor en el campo de batalla; sancionada 24 de Abril de 2013 Promulgada de hecho, Mayo 20 de 2013 fecha de Publicación, B.O. 22/05/2013 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso.

                            "El no reconocimiento o el reconocimiento equivocado puede ser una forma de opresión, que aprisiona a la persona en un modo de ser falso, distorsionado, reducido. Más allá de la simple falta de respeto, puede infligir una herida grave que agobia a las personas con un menosprecio de si mismas que las inhabilita. El debido reconocimiento no es una simple cortesía, sino una necesidad humana" (Charles Taylor).

                            La puerta de acceso a nivel internacional fue la Asamblea General de la ONU que proclamó 2015-2024 "Decenio Internacional para los Afrodescendientes", resolución 68/237 citando la necesidad de fortalecer la cooperación nacional, regional e internacional en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las personas de ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad.

                            El lema es "Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo". En este mismo contexto de visibilización y reconocimiento es que se firmó el Decreto 658/2017 donde la Argentina reconoce la importancia del Decenio Internacional Afrodescendiente y designa a la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación como la Unidad de Coordinación de las acciones a desarrollar en el territorio de la República Argentina con motivo del "Decenio Internacional de los Afrodescendientes". La implementación de acciones tendientes al desarrollo de políticas públicas para los/as afroargentinos/as, afrodescendientes y africanas/os, enmarcadas en los principios rectores del Decenio: Reconocimiento, Justicia y Desarrollo. Mientras en paralelo fueron sucediendo también en el plano de los derechos de las mujeres y de las mujeres afrodescendientes, sus derechos humanos y en particular, acciones tendientes a la protección a las mujeres afrodescendientes en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

                            Una conmemoración internacional como el 25 de julio "Día de la Afrolatinoamericana, Afrocaribeña y de la Diáspora" desde el año 2010 en ámbitos de la cultura afrodescendiente y es tomada a partir de noviembre de 2012 por la Legislatura Porteña que sancionó la Ley Nº4.355 que instituye el 25 de Julio como el "Día de la Mujer Afro" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

                            Estas acciones locales como internacionales son las que hoy nos llevan al reconocimiento de nuestras identidades afrodescendientes negadas, es por ello que el 31 de agosto de 1920 finalizarán con la "...Declaración de los Derechos de los Pueblos Negros del Mundo", una de las declaraciones de derechos humanos más significativas producidas por la sociedad civil en el siglo XX. Se generaba después de que miles de soldados afroamericanos regresaron a sus hogares luego de combatir en la primera Guerra Mundial, para enfrentarse en su país a la discriminación, segregación y violencia racial intensificadas. En el marco del centésimo aniversario de aquella Declaración, en 2020 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la propuesta de Costa Rica para instituir cada 31 de agosto como "Día Internacional de los Afrodescendientes", con el de "promover las extraordinarias contribuciones de la diáspora africana en todo el mundo y eliminar todas las formas de discriminación contra los afrodescendientes".

                            En la Declaración A/RES/75/170 aprobada el 16 de diciembre de 2020, Naciones Unidas también hace mención a la Resolución 43/1 del Consejo de Derechos Humanos del 19 de junio de 2020 en la que el mismo condenó enérgicamente la persistencia entre las fuerzas del orden de prácticas violentas y discriminatorias de carácter racista y el uso excesivo de la fuerza contra las y los africanos y afrodescendientes; y condenó el racismo estructural del sistema de justicia penal en todo el mundo.

                            Por ello, a partir de ahora las y los 200 millones de afrodescendientes en el mundo; y los 2 millones en Argentina tienen un día más no solo para conmemorar sino para visibilizar y reconocer la gran contribución de todas y todos los afrodescendientes de la gran diáspora africana internacional.

Por todo lo expuesto, la concejala Patricia Mendía, perteneciente al Bloque "Frente de Todos", sugiere la aprobación del siguiente

                                  PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal el "Día Nacional de los/las afroargentinos/as y de la cultura afro" a celebrarse cada 8 de noviembre, según lo expresa la Ley Nacional Nº 26.852 sancionada el 14 de Abril de 2013 y promulgada en Mayo del mismo año, aplicable en el ámbito del Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires.   

ARTÍCULO 2º: MANIFESTAR el acompañamiento y beneplácito a la cultura afro y su diáspora realizando actividades culturales en plazas y/o espacios abiertos que permitan visibilizar la contribución al acervo quilmeño.

ARTÍCULO 3º: COMUNICAR e INVITAR al Consejo Escolar de Quilmes a difundir por los medios a su alcance lo expresado en el Artículo 2º.

ARTÍCULO 4º:  COMUNIQUESE, etc.