IDENTIDAD - PERTENENCIA - TRADICIÓN - INSTRUMENTO DE DIVULGACIÓN HISTÓRICA DEL PARTIDO DE QUILMES Y SU ZONA DE INFLUENCIA, DESDE MÁS ALLÁ DE SUS ORÍGENES EN 1666 CON LA COMPULSIVA LLEGADA DEL PUEBLO QUE NOS DIO GENTILICIO Y TOPONIMIA, LAS TRES FUNDACIONES, FRAGMENTACION POLITICA, ORIGEN Y DESARROLLO DE SUS INSTITUCIONES, BIOGRAFÍAS, COMENTARIO DE LIBROS DE AUTORES LOCALES Y TODA LA BIBLIOGRAFÍA REFERENCIAL QUE SURJA Y SE DESCUBRA... "NO SE AMA LO QUE NO SE CONOCE". CHALO AGNELLI
IDENTIDAD - PERTENENCIA - TRADICIÓN - INSTRUMENTO DE DIVULGACIÓN HISTÓRICA DEL PARTIDO DE QUILMES Y SU ZONA DE INFLUENCIA, DESDE MÁS ALLÁ DE SUS ORÍGENES EN 1666 CON LA COMPULSIVA LLEGADA DEL PUEBLO QUE NOS DIO GENTILICIO Y TOPONIMIA, LAS TRES FUNDACIONES, FRAGMENTACION POLITICA, ORIGEN Y DESARROLLO DE SUS INSTITUCIONES, BIOGRAFÍAS, COMENTARIO DE LIBROS DE AUTORES LOCALES Y TODA LA BIBLIOGRAFÍA REFERENCIAL QUE SURJA Y SE DESCUBRA... "NO SE AMA LO QUE NO SE CONOCE". CHALO AGNELLI
viernes, 15 de octubre de 2021
"PEDESTALES Y PRONTUARIOS" CICLO DE CONFERENCIAS DE LA JEHQ 20/10
"8 DE NOVIEMBRE "DÍA NACIONAL DE LOS/AS AFROAGENTINOS/AS Y DE LA CULTURA AFRO"
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la Municipalidad de Quilmes por decreto número HCD-O-2 - 28250 del 5 de noviembre 2021, declara de INTERÉS MUNICIPAL el "DÍA NACIONAL DE LOS/LAS AFROARGENTINOS/AS Y DE LA CULTURA AFRO" según autoría del Bloque Frente de Todos, concejala Patricia Mendía.
Quilmes, octubre 1 de 2021.
VISTO:
La Ley Nacional Nº26.852
sancionada el día 14 de abril del 2013 y promulgada el 20 de Mayo del mismo año
en la Provincia de Buenos Aires al día 8 de noviembre como "Día Nacional
de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro", declárese de Interés
Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que cuando hablamos de las
comunidades afrodescendientes tenemos que hacer un proceso de identificación
identitaria de esa población.
Que
Argentina se ha definido siempre como "blanca", como "el país
más europeo de América", producto de un complejo proceso de construcción
de Nación que invisibiliza la diversidad étnica y racial existente.
Que uno de
los pasos más importantes del Movimiento Negro organizado de Argentina para
todas y todos ha sido el de obtener el reconocimiento en base a la
visibilización de la comunidad afrodescendiente invisibilizada a nivel
nacional, en primera instancia y posteriormente, establecer una agenda como
prioridad dentro del colectivo para lograr derechos humanos de reconocimiento y
políticas públicas.
Que en el
marco del 8 de noviembre, fecha que conmemora mediante la Ley Nº26.852
desde Mayo de 2013 el "Día Nacional de los/as afroagentinos/as y de
la cultura afro", se realizó la presentación de la Mesa
Interministerial de Políticas Públicas para la comunidad Afroargentina
(20-11-2020), organizada por la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio
de Cultura de la Nación. La reunión contó con la participación de la Ministra
de Justicia, los Ministros de Cultura y Educación, el Secretario de Derechos
Humanos de la Nación, la Secretaria de Políticas de Igualdad y Diversidad del
Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, la titular del INADI, entre
otros funcionarios y funcionarias nacionales e integrantes de diferentes organizaciones
de la sociedad civil de todo el país; además de representantes de organismos
internacionales.
A lo largo de las distintas exposiciones, la Mesa tuvo como eje, rescatar
la importancia del aporte cultural, histórico, económico y social que hicieron
las personas afro, afrodescendientes y afroargentinas en la historia nacional y
destacar la figura de María Remedios del Valle, militar afroargentina,
auxiliar en las invasiones inglesas y combatiente del Ejército del Norte en la
Independencia de nuestro país.
Que
siguiendo la línea de visibilización y reconocimiento se creó la Resolución
230/20 desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, la xenofobia y el
racismo, creando la Comisión para el reconocimiento Histórico de la
Comunidad Afroargentina con el objetivo de contribuir al cumplimiento del
pleno goce de los derechos de las y los ciudadanos que integran la misma;
fomentando la participación en los procesos de políticas públicas que la
afectan, brindando así un punto focal dentro de la administración pública
Nacional que atienda la especificidad de las demandas y propuestas de dicha
comunidad.
María de los Remedios del Valle, Capitana del Ejército del Norte, MADRE DE LA PATRIA |
Las
poblaciones nativas racializadas, pueblos originarios y particularmente de las
personas negras afrodescendientes han sido sistemáticamente invisibilizadas e
incluso negadas, borradas de la historia argentina. La invisibilización y el
negacionismo histórico que las comunidades negras-afrodescendientes viven en su
propio territorio un racismo sistémico estructural e institucional, producto
del borramiento de estas identidades, ya como una idea de país en donde el Art.
25 de la Constitución Nacional de 1853 dice: "…se fomentará la
inmigración europea...” y no fue cambiado en la Reforma Constitucional de
1994. Es así que la población negra fue borrada de los censos nacionales de
población. Allá por el año 1869, aún, cuando el puerto de la Ciudad de Buenos
Aires, en algún momento capital del Virreinato del Río de la Plata, fue la
puerta principal de acceso para los africanos y las africanas que fueron traídos
como mano de obra esclavizada durante el período de la trata transatlántica
esclavista.
Hacia 1778
la cantidad de negritud en el Virreinato oscilaba alrededor del 30 % y en otras
provincias como en Tucumán representaba el 64 %, en Santiago del Estero el 54
%, en Catamarca el 52 %, en Salta el 46 % y en Córdoba el 60 %; lo que nos
indica que el gran tráfico de la negritud existió en todo el territorio y que
no todos murieron (como versa el mito), en la Guerra de la Triple Alianza o
durante la epidemia de fiebre amarilla, sino que justamente se aplicó un
borramiento censal e invisibilización y su contribución histórica de esta
población.
Las
estrategias desarrolladas para la visibilización ante la sociedad y el Estado
ha sido "la lucha por el reconocimiento", convirtiéndose así
en la forma paradigmática de conflicto político en los últimos años del siglo
XX. El reconocimiento étnico, socio cultural y de participación política ha
sido el objetivo de lucha; es por eso que apoyados en las diferentes
Declaraciones de Derechos Humanos desde que en 1948 la Asamblea General de las
Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la
cual se dejan sentadas las bases que son "el reconocimiento de la dignidad
inalienable de los seres humanos", libre de discriminación, desigualdad o
distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal, igual e
inalienable.
En 1966
las DESC quedaron reflejados como derechos legales Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales que, junto con la Declaración
Universal de Derechos Humanos (DUDH), forman la denominada Carta Internacional
de Derechos Humanos, junto a otros tratados universales y mecanismos
regionales. La Constitución de 1994 otorga rango constitucional a una serie de
Concordatos Internacionales que son parte de las estrategias para avanzar en
post de justicia y reparación de daños.
Los
Tratados y Concordados tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de
Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles, Políticos y su Protocolo Facultativo, la
Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y otros
tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los
Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia tienen jerarquía
constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta
Constitución y deben entenderse complementarios de los Derechos y Garantías por
ella reconocidos (C.N. 1994).
A pesar de
la existencia de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC1966)
derechos humanos relativos a las condiciones sociales y económicas básicas
necesarias para una vida en dignidad o libertad, y hablan de cuestiones tan
básicas como el trabajo, la seguridad social, la salud, la educación, la
alimentación, el agua, la vivienda, un medio ambiente adecuado y con nuestra
cultura y naturaleza. Los DESC cobran sentido cuando adquieren contenido
político. A pesar de su existencia no es hasta que la Comunidad Internacional
va dando herramientas necesarias para que, tanto en el plano local como
internacional, lleguen y se hagan oír las demandas. Es así que diferentes
acciones fueron haciendo cada vez más visible a la comunidad Afro local con sus
diferencias y matices.
Antecedentes
previos para la visibilización censal. Fundamentalmente, el tema de las y los
afrodescendientes cobra vigencia a partir de dos hechos fundamentales que
sucedieron en el siglo XX, la Conferencia Regional de las Américas realizada en
Santiago de Chile en el año 2000 y posteriormente la Conferencia Mundial contra
el Racismo (WCAR) en Durban (Sudáfrica) en el año 2001 que fue un hito para la
obtención de nuestros Derechos Humanos tomando otra categoría como la de
Afrodescendientes, es por eso que algunas personas negras dijeron, en ese
momento tan especial del Mundo: "entramos siendo negros, salimos siendo
afrodescendientes". Esta
categoría es política para la defensa de nuestros Derechos Humanos.
Una prueba
piloto fue realizada en el año 2005, 600 casas en el barrio Monserrat (Ciudad
de Buenos Aires) y 600 casas en Santa Rosa de Lima (Ciudad de Santa Fe), desde
el día 6 de abril hasta los primeros días de mayo de 2005. El 11 de mayo del
mismo año el Banco Mundial realizó una evaluación de los resultados
preliminares del cuestionario aplicado, estimándose que en ambas jurisdicciones
el promedio de personas que se auto consideraron afrodescendientes fue
aproximadamente un 4 % (Casa de la Cultura Indo-Afro-Americana,2006). Esta
estadística respalda el estudio del Centro de Genética de Filosofía y Letras de
la Universidad de Buenos Aires, que estimó que un 4,3 % de los habitantes de
Buenos Aires y del conurbano tienen marcadores genéticos africanos. En el 2007
se designó el 25 de marzo "Día Internacional de recuerdo de las
víctimas de la esclavitud y la trata transatlántica de esclavizados"
para que celebre anualmente a partir del año 2008.
El 18 de diciembre
de 2009 la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 64/169
proclamó el año 2011 "Año Internacional de los
Afrodescendientes", reconocimiento para aproximadamente 200 millones
de personas que se identifican a sí mismas con ascendencia africana que viven
en las Américas. Desde allí, la propia Asamblea proclamó el 2011 como "Año
Internacional de los Afrodescendientes", citando la necesidad de
fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional
para asegurar que los afrodescendientes disfruten plenamente de los derechos
económicos, culturales, sociales, civiles, y políticos. El año busca, además,
fomentar la integración de los afrodescendientes en todos los aspectos de la
sociedad, promover un mayor conocimiento, respeto de la diversidad de su
herencia y su cultura. El Secretario General de la ONU dio comienzo al "Año
Internacional de los Afrodescendientes" el 10 de diciembre de 2010, Día
de los Derechos Humanos.
El Censo
Nacional de Población 2010 (prueba piloto, ya que no pudo aplicarse en todo el
territorio) estableció que la población afrodescendiente de Argentina es de
149.493 personas (0,4 % del total). De este total, unos 137.583 son
afroargentinos (el 92 %) y los restantes 11.960 (el 8 %) provenían de países
limítrofes y otros. En este sentido, las organizaciones locales llevaron
adelante pasos para su visibilización y empoderamiento. También acciones
concretas como el Encuentro Nacional de Jóvenes Afrodescendientes 2011 y la
Asamblea Nacional Afrodescendientes de la Argentina 2012. Estas declaraciones,
resoluciones, proclamas y llamamientos en el plano internacional derivaron en
lo local, también en acciones de relevancia para su revalorización y
reconocimiento identitario por parte de las organizaciones de la sociedad civil
es que se lleva al Congreso Nacional la propuesta que será Ley 26.852..."Instituyese
el día 8 de Noviembre como "Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de
la cultura afro" en conmemoración de María Remedios del Valle,
a quien el General Manuel Belgrano le confirió el grado de Capitana por su
arrojo y valor en el campo de batalla; sancionada 24 de Abril de 2013
Promulgada de hecho, Mayo 20 de 2013 fecha de Publicación, B.O. 22/05/2013 El
Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso.
"El
no reconocimiento o el reconocimiento equivocado puede ser una forma de
opresión, que aprisiona a la persona en un modo de ser falso, distorsionado,
reducido. Más allá de la simple falta de respeto, puede infligir una herida
grave que agobia a las personas con un menosprecio de si mismas que las
inhabilita. El debido reconocimiento no es una simple cortesía, sino una
necesidad humana" (Charles Taylor).
La puerta
de acceso a nivel internacional fue la Asamblea General de la ONU que proclamó
2015-2024 "Decenio Internacional para los Afrodescendientes",
resolución 68/237 citando la necesidad de fortalecer la cooperación nacional,
regional e internacional en relación con el pleno disfrute de los derechos
económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de las personas de
ascendencia africana, y su plena e igualitaria participación en todos los
aspectos de la sociedad.
El lema es
"Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo". En
este mismo contexto de visibilización y reconocimiento es que se firmó el
Decreto 658/2017 donde la Argentina reconoce la importancia del Decenio
Internacional Afrodescendiente y designa a la Secretaría de Derechos Humanos y
Pluralismo Cultural de la Nación como la Unidad de Coordinación de las acciones
a desarrollar en el territorio de la República Argentina con motivo del
"Decenio Internacional de los Afrodescendientes". La implementación
de acciones tendientes al desarrollo de políticas públicas para los/as
afroargentinos/as, afrodescendientes y africanas/os, enmarcadas en los
principios rectores del Decenio: Reconocimiento, Justicia y Desarrollo.
Mientras en paralelo fueron sucediendo también en el plano de los derechos de
las mujeres y de las mujeres afrodescendientes, sus derechos humanos y en
particular, acciones tendientes a la protección a las mujeres afrodescendientes
en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer.
Una
conmemoración internacional como el 25 de julio "Día de la
Afrolatinoamericana, Afrocaribeña y de la Diáspora" desde el año 2010
en ámbitos de la cultura afrodescendiente y es tomada a partir de noviembre de
2012 por la Legislatura Porteña que sancionó la Ley Nº4.355 que instituye el 25
de Julio como el "Día de la Mujer Afro" en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estas
acciones locales como internacionales son las que hoy nos llevan al
reconocimiento de nuestras identidades afrodescendientes negadas, es por ello
que el 31 de agosto de 1920 finalizarán con la "...Declaración de los
Derechos de los Pueblos Negros del Mundo", una de las declaraciones de
derechos humanos más significativas producidas por la sociedad civil en el
siglo XX. Se generaba después de que miles de soldados afroamericanos
regresaron a sus hogares luego de combatir en la primera Guerra Mundial, para
enfrentarse en su país a la discriminación, segregación y violencia racial
intensificadas. En el marco del centésimo aniversario de aquella Declaración,
en 2020 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la propuesta de Costa
Rica para instituir cada 31 de agosto como "Día Internacional de los
Afrodescendientes", con el de "promover las extraordinarias
contribuciones de la diáspora africana en todo el mundo y eliminar todas las
formas de discriminación contra los afrodescendientes".
En la
Declaración A/RES/75/170 aprobada el 16 de diciembre de 2020, Naciones Unidas
también hace mención a la Resolución 43/1 del Consejo de Derechos Humanos del
19 de junio de 2020 en la que el mismo condenó enérgicamente la persistencia
entre las fuerzas del orden de prácticas violentas y discriminatorias de carácter
racista y el uso excesivo de la fuerza contra las y los africanos y
afrodescendientes; y condenó el racismo estructural del sistema de justicia
penal en todo el mundo.
Por ello,
a partir de ahora las y los 200 millones de afrodescendientes en el mundo; y
los 2 millones en Argentina tienen un día más no solo para conmemorar sino para
visibilizar y reconocer la gran contribución de todas y todos los
afrodescendientes de la gran diáspora africana internacional.
Por todo lo expuesto, la concejala Patricia Mendía,
perteneciente al Bloque "Frente de Todos", sugiere la aprobación
del siguiente
PROYECTO
DE RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: DECLARAR de Interés Municipal el "Día Nacional de los/las
afroargentinos/as y de la cultura afro" a celebrarse cada 8 de noviembre,
según lo expresa la Ley Nacional Nº 26.852 sancionada el 14 de Abril de 2013 y
promulgada en Mayo del mismo año, aplicable en el ámbito del Partido de
Quilmes, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º: MANIFESTAR el acompañamiento y beneplácito a la cultura afro y su diáspora
realizando actividades culturales en plazas y/o espacios abiertos que permitan
visibilizar la contribución al acervo quilmeño.
ARTÍCULO 3º: COMUNICAR e INVITAR al Consejo Escolar de Quilmes a difundir por los medios
a su alcance lo expresado en el Artículo 2º.
ARTÍCULO 4º: COMUNIQUESE, etc.