viernes, 5 de junio de 2015

UN CASO POLICIAL EN EL QUILMES DE ANTAÑO - "EL QUILMERO" 1876

"La historia es un profeta con la mirada vuelta hacia atrás: por lo que fue y contra lo que fue anuncia lo que será."
Eduardo Galeano

Siguiendo con tranco corto las páginas de El Quilmero, ese periódico que gestó don Pedro Giménez, quilmero de ayer, un hecho policial conmovió a la escasa población de Quilmes. La analogía aflora de las páginas de la historia y concluimos que no todo tiempo pasado fue mejor y que no hay nada nuevo bajo el sol, dos remanidos e inevitables pensamientos. 
N° 43- QUILMES, DOMINGO 30 DE ABRIL DE 1876
IMPUNIDAD DEL CRIMEN. [Reseña sobre tres jóvenes de la comunidad quilmeña, miembros de familias características, uno alcalde, Soto y los otros dos tenientes alcaldes, Basigalup y
Madrid, que persiguiendo a un delincuente que le había robado el caballo al primero lo intentan detener y lo matan cuando se pone en fuga. Se presentan a declarar en la Comisaría de Barracas a dar parte de lo actuado y son detenidos, juzgados y condenados a servir en las tropas veteranas durante 4 y dos años los dos primeros y Madrid queda libre. Dice El Quilmero que los jóvenes en cuestión, "valen mucho más que los magistrados temerarios que pretenden hacen alarde de justicieros con el hombre honrado... mientras dejan libre a los pícaros."]
 N° 44- QUILMES,  JUEVES 4 DE MAYO DE 1876
IMPUNIDAD DEL CRIMEN (Segundo artículo) [De los tres jóvenes presos el Sr. Madrid fue dejado en libertad, mientras que al alcalde Soto y el Tte. Alcalde Basigalup, al darles las sentencia
se los puso en la picota pública para avergonzarlos. "Qué significa este aparato inquisitorial... " Si la precoz sabiduría de sus jueces ha descubierto que son grandes criminales por perseguir a un ladrón con el objeto robado en la mano y defenderse de su ataque y luego dar cuenta como corresponde ante la autoridad en lugar de hacer mutis, nos parece que los jueces desconocen esa máxima que dice "Vale más dejar impune a un criminal que castigar a un inocente."Pero si se confirma la sentencia estense (sic) tranquilos los criminales que los responsables de hacer justicia los protegerán."  
EL DR. HONORIO MARTEL Falta la última apelación. [1] 
[Envió copia de la renuncia al cargo de diputado, con la atenuante que sus ocupaciones como Presidente del Consejo Escolar en San Telmo, cargo por el que no recibe remuneración, no le permiten disponer de más tiempo. El Quilmero remarca que en el cargo de diputado cobraría una remuneración de 50.000 pesos anuales y advierte qué diferencia con otros casos como los de los legisladores que rechazaron el anteproyecto del senado para reducirles los sueldos considerando la situación económica del país. Se transcriben las cartas del Dr. Martel a esta periódico y a la Cámara de representantes.] 
N° 45- QUILMES,  DOMINGO 8 DE MAYO DE 1876
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUP Y MADRID. [Presentado por el Dr. Susviela, con motivo de la muerte de Mariano Velázquez. El fiscal acusa a Soto de abuso de autoridad por actuar por resolución propia, fuera de su jurisdicción. Se detallan los puntos de la acusación de cada implicada. Se describe la apariencia del muerto. (continuará)] 
N° 46- QUILMES,  JUEVES 11 DE MAYO DE 1876
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUP Y MADRID PRESENTADA POR EL DR. SUSVIELA. (Continuación) [Describe Al muerto como un hombre de ánimo fuerte y tranquilo, avezado al crimen. Robó el caballo del alcalde
Soto pues era "parejero" [2] y estando aquel de visita en casa de Ithuralde allí lo robó y se escondió en el Bañado. Luego hurtó una horquilla de pastero y marchó con ella hacia el Puente Chico (Villa Domínico) en la madrugada del 24 de setiembre. Soto lo persiguió con el Tte. Alcalde Madrid y avisó al capital de policía que aportara dos vigilantes armados con "tercerolas",[3] Soto con un revolver y Madrid desarmado. Al llegar a Puente Chico, Soto instruyó de la misión al Tte. Alcalde Basigalup, quien vive en el lugar, encargado de cobrar peaje en el puente. De madrugada pasó el delincuente y pagó su peaje. (Continuará) 
N° 47- QUILMES,  DOMINGO 14 DE MAYO DE 1876 
IMPUNIDAD DEL CRIMEN (tercer artículo). [Se suspende la publicación de la defensa para considerar ciertos aspectos. Pareciera que los jóvenes estaban condenados antes de presentar su defensa. Pareciera que algunos puntos fueron falseados con
parcialidad en la vista. En la muerte de Velázquez no hubo intención. Basigalup avisó a Soto que estaba durmiendo que un hombre cruzaba el puente. Soto viendo que montaba su parejero intentó detenerlo y lo enfrentó medio dormido. El delincuente le arrojó la horquilla que le dio en un pié, hiriéndolo, y escapó. Soto ordenó a Basigalup y a Madrid que abrieran fuego para amedrentarlo. Estos sin ser tiradores avezados y sin medir las consecuencias lo hicieron y matan a Velázquez. Luego se presentaron en el Juzgado de Paz de Barracas. Todo prueba que los jóvenes "o procedieron con ligereza o ignorancia, pero no prueba criminalidad de su parte". No opinó así el fiscal. Sin embargo, sus antecedentes en Quilmes son inmejorables. La sociedad quilmeña está segura que la condenación de los tres jóvenes es injusta, "ya sea por malicia o ineptitud de sus jueces". Son víctimas del cumplimiento del deber por defender la moral pública.] 
N° 48- QUILMES,  JUEVES 18 DE MAYO DE 1876 
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUO Y MADRID (Continuación) [Basigalup, el encargado del puente, con el pretexto de que le traería a Velázquez el vuelo del peaje, dio aviso a Soto y a Madrid de quién suponía que era el individuo que
tenía esperando. Velázquez confiado esperó creyendo que la oscuridad lo guardaría de ser reconocido, pero no fue así y a la orden de lato de sus perseguidores respondió escapando por lo cual aquellos para amedrentarlo le dispararon. Dicen los jóvenes que dado que aún estaban conmovidos por lo sucedido cuando les tomaron declaración en el Juzgado de Barracas lo firmaron sin leerlo. Pero luego se advirtió que en la escritura se había incurrido en errores que los inculpa. Se agrega a la declaración que los vigilantes Rosa y Velén (sic), que los acompañaban, no fueron despertado por lo imperioso que era actuar con celeridad: Recién salieron al camino cuando fueron despertados por los tiros. Ellos no vieron lo sucedido. (Continuará) 
N° 49 - QUILMES,  DOMINGO 21 DE MAYO DE 1876 
DEFENSA ETC... [Narra los hechos que ocurrieron en tan pocos segundos que ninguno de los jóvenes implicados pudo tener claro discernimiento de lo que ocurría y de lo que hacían. Soto en peligro de muerte sin tiempo de sacar su revolver mandó hacer fuego y Basigalup disparó dos tiros dándole al occiso en la parte lateral izquierda del cuerpo. De modo que no se le dio por la espalda sino que cuando él gira para volver a atacar a Soto es cuando lo hieren de muerte. El Quilmero reivindica la autoridad del Alcalde para detener a un criminal en fuga dentro de su territorio.] 
N° 50 - QUILMES,  JUEVES 25 DE MAYO DE 1876 
DEFENSA DEL LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUP Y MADRID. PRESENTADA POR EL DR. SUBIELA
 (continuación) "Para destruir toda sospecha de que Soto haya podido moverse por interés propio, probaremos que llamó 'mi
caballo' al robado pues él lo montaba pero el animal pertenece a José Agustín Matienzo que lo hubo por regalo de D. Mariano Otamendi." [Siguen justificaciones a la actitud de Soto. Agrega conceptos del criminalista norteamericano Mr. Bislof, escritas entre 1866 y 1868 en el C. 54 del T 1° de su derecho criminal.] 
N° 51 - QUILMES,  DOMINGO 28 DE MAYO DE 1876 
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUPO Y MADRID. [Detalla una serie de atenuantes jurídicos que justifican la actitud de los jóvenes acusados, invocando legislación inglesa y estadounidense. Luego en el punto IVº califica la actitud de Velázquez.] 
N° 52 - QUILMES,  JUEVES 1° DE JUNIO DE 1876 
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUPO Y MADRID. [Siguen las excusas jurídicas del abogado Susviela. Agrega atenuantes del legalista norteamericano Bislof: "Si el
delincuente en vez de huir hace pie firme y resiste el agresor debe llevar a cabo su propósito, aunque solo se trate de delito correccional, y si el primero persiste en la resistencia avanzando, quedará justificada su muerte por la autoridad como  acto de defensa propia."... " Finaliza la defensa misma del caso que  no  ha podido a ser meditado; ha sido un acto instantáneo y fatal; habituados a vivir en la campaña, al grito de Soto, lo creímos mortalmente herido, comprendiendo todos el peligro de nuestra situación frente a Velázquez e hicimos fuego; es evidente que obramos por el deseo de conservarnos y que aún mirado el caso bajo este solo aspecto la muerte e Velázquez queda justifica." (continuará) 
N° 53 - QUILMES,  DOMINGO 4 DE JUNIO DE 1876 
DEFENSA DE LOS JÓVENES SOTO, BASIGALUPO Y MADRID. [Termina la defensa con la inclusión a otra cita de Bislof: "Saltaría a la vista en que hay circunstancias en que el homicidio es no solo justificado, sino uno de los más altos deberes que pesan sobre los agentes del gobierno. Y así bien no debe buscarse el cumplimiento de ese deber su ejecución es verdaderamente recomendable, como la de todos los deberes y nunca debe ser materia de reproche. Derecha Criminal PFO 672 T II." 
N° 57 - QUILMES,  DOMINGO 19 DE JUNIO DE 1876 
MUNICIPALIDAD. [Acta de l sesión del 6 de mayo de 1876. Reunidos el Pte. F. Amoedo y los municipales: Luque, Lassalle y Risso; ausente, Solla. Se lee un expediente de Juan Bautista Molinari con respecto a la realización de reformas en su molino. La corporación se constituirá en comisión para expedirse en situ. Se lee la solicitud de Juan Álvarez Vázquez, ofertando sus fuegos artificiales para las fiestas mayas y del 9 de julio en cantidad a un costo de 3900 m/c. No se hace lugar por escasez de recursos. Se lee la solicitud de Dionisio Velasco (sic) proponiendo comprar un terreno fiscal de 14 manzanas de frente por 15 de fondo, en el cuartel 1º. Ya la municipalidad había acordado venderlo en remate
público de modo que no se dio lugar a la solicitud. Se lee la nota de Ramón Madrid (hijo) explicando la causa penal que se le seguía conjuntamente a Soto y Basigalup; que ya se encontraba en libertad y que está dispuesto a retomar su empleo municipal. Se le abonarán los sueldos atrasados hasta fin del mes de abril y alternará el puesto de ayudante municipal con el de escribiente, con 800 ps. mensuales de sueldo a partir del 1º de mayo. A pedido del presidente del Consejo Escolar se le entregarán siete ejemplares de El Quilmero. Se dispone que la carne se deberá vender al peso (por kilo) de no cumplirse los abastecedores se los multará con 50 ps. por casa libra que falte al peso. Termina la sesión a las 14:30. Firma F. Amoedo. T. Flores, secretario. 
GRAN INJUSTICIA. Está pasando con los jóvenes Soto y Basigalup presos desde hace más de seis meses por haber dado muerte casualmente a un ladrón armado y con el robo en la mano, una atroz injusticia...  Después de haber sido absueltos en primera instancia el fiscal de la cámara Dr. Victorica apeló pidiendo para ellos un castigo, que ese mismo fiscal se ha guardado muy bien en
otras ocasiones de pedir para criminales confesos... A causa de eso la cámara que parece se fijó bien en el sumario por aquello de que el mal del prójimo es llevadero’`los condenó al castigo que ese fiscal falseando hechos probados en el sumario pidió para los reos en su vista... Hace cerca de dos meses que yacen sepultados en el foco más asqueroso, moralmente hablando, que tenemos en la República Argentina, la cárcel pública y en ese tiempo no han sido aún absueltos ni condenados por la Suprema Corte ante la cual han entablado reclamos de revisación de su causa con la esperanza que ese tribunal compuesto en su totalidad de personas que por su edad y posición hacen esperar la circunspección y equidad necesaria para formar una conciencia justa les absuelvan o condenen... Mientras que nuestras leyes no autorizan más que un castigo para un delito y esos jóvenes llevan ya sufridos tres por un hecho cuya culpabilidad no aparece probada sino por la falsedad: del sumario en las vistas de ese fiscal. ¿Quién sabe que clase de relaciones tendría el finado Velázquez  con los jueces o fiscales en las repetidas veces que habría sido alojado en los calabozos y puesto en libertad, sin duda, por falta de prueba de sus crímenes. ‘Vale más caer en gracia que ser gracioso’. ¡Por favor cumplan los tribunales con su misión condenando o absolviendo a esos jóvenes a la mayor brevedad!” 
N° 65 - QUILMES,  DOMINGO 16 DE JULIO DE 1876 
SE SALVÓ LA MORAL [Sobre la absolución definitiva de los jóvenes Francisco Soto y Domingo Basigalup, de quienes El Quilmero fue un fiel y firme defensor.]
Chalo Agnelli
Quilmes, 1994/2015

FUENTES 
Galeano Eduardo. "La venas abiertas de América Latina" Siglo Veintinuno Editores - 56ª edición, 1989. Pág. 11
REFERENCIAS

[1] Honorio Silvestre Martel Goitía era un jurisconsulto, poseía una hermosa residencia en Quilmes en la que pasaba los veranos. Ocupaba media manzana sobre la calle Pringles entre Videla y 9 de Julio. Su casa familiar estaba en el barrio de San Telmo en la Capital Federal. Era hijo de vascos de Guipúzcoa, Domingo y de Cipriana Goitía Requeira. Estaba casado con Isabel Giménez Bustamante con quien tuvo 5 hijos: María Isabel, Elena, Luisa María, María Magdalena y Honorio. Ver en EL QUILMERO.
[2] Se decía del caballo o de la yegua adiestrados para carreras. 
[3] Arma de fuego usada por la caballería, que es un tercio más corta que la carabina.

No hay comentarios:

Publicar un comentario