En el año 1942, el periodista José Luis Torres, [1]
que había acuñado la expresión "la
década infame", para descalificar al aciago período que se inicia con
la sedición del 6 de septiembre de 1930, se presentó ante el juez de
instrucción Ramón F. Vázquez con un escrito de querella contra la sucesión de
los cónyuges Otto Sebastián Bemberg y
Josefina Elortondo de Bemberg por defraudación al Consejo Nacional de
Educación en el impuesto hereditario (sucesorio)
En su escrito, José Luis Torres
hacía renuncia a lo que le pudiera corresponder como participación por la
denuncia de evasión de dicho impuesto por parte de los herederos de los
Bemberg. De igual manera, renunciaban a sus honorarios los abogados patrocinantes
Gilberto A. Zavala, Colón Quiroga y Juan Jacobo Zavala.
Por su actualidad, merece
recordarse lo expresado en el Capítulo Primero de esa querella bajo el acápite:
"EL ENEMIGO INTERNO DE LA PATRIA EN EL ANTIGUO DERECHO ROMANO":
En la antigua Roma, se
llamaba "perduellis" al
enemigo interno de la Patria, y "hostis" al enemigo exterior. El
crimen de "perduellio" (contra la Patria) y el de peculado (apoderamiento
ilegítimo de cosas del Estado) eran castigados con la pena de muerte. Como principio general,
la muerte liberaba de la pena y de la acción penal al delincuente; pero, como
dice Mommsen, "en lo tocante a los delitos públicos de la época antigua, o
sea, los que iban inmediatamente dirigidos contra el Estado, la regla dicha no valía;
la maldición obraba más allá de la tumba y aún después de la muerte podían
aplicarse las penas de privación de sepultura, de remoción de la tumba y, sobre
todo, "de execración de la memoria
del difunto" (ver Derecho Penal Romano, tomo I, página 74) Y cuando después, en el
correr de los años, sobrevenían épocas nefastas de peculados y de crímenes, las
generaciones coetáneas volvían sus ojos hacia atrás para admirar e inspirarse
en aquella inmensa civilización latina, cuya excelsitud moral fue capaz de
maldecir, de negar sepultura y de execrar la memoria de esos difuntos cuyas
vidas depravadas se dedicaron a comprar conciencias, envileciendo a gobernantes
y a gobernados.
El juez Vázquez dio traslado de
la querella al fiscal Leopoldo E. Silva, para que éste se pronunciara sobre la
personalidad pretendida por Torres. El fiscal, de acuerdo con el prejuzgamiento
del juez, se expidió negándole a Torres el carácter de particular ofendido o
damnificado. Basándose en el dictamen del fiscal, el juez resolvió "no hacer lugar al rol del querellante
pretendido en esta causa por José Luis Torres".
La querella en contra de Bemberg,
destinada a recuperar para el Estado cifras millonarias indispensables para el
fomento de la instrucción primaria, con absoluto desinterés de parte del
denunciante, introducía, según la vista del fiscal, "un verdadero desorden jurídico". El orden jurídico
consistía, pues, en mantener por siempre la impunidad de los delitos
denunciados (José Luis Torrear “Los perduellis, los enemigos internos de la
patria”.
Lamentablemente (y no podríamos
establecer una fecha precisa en que comenzó esta endemia) la clase política y
empresaria dirigente no se ha inspirado precisamente en esa paradigmática
civilización latina: Maquiavelo y Stavisky son los modelos de los
"perduellis” de antes y de ahora, como anatematizara Discépolo en ‘Cambalache’.
Compilación Chalo Agnelli
FUENTE
NOTAS
[1] José Luis Torres, un auténtico
“periodista independiente”, nacido en San Miguel de Tucumán (21/1/1901 – f.
2/5/1965) Conocido por haber bautizado como “Década infame” al lapso transcurrido
en Argentina entre 1930 y 1943, sacando a la luz los actos de corrupción
realizados durante el mismo. Período que el periodismo aliado caratuló con el
eufemismo "restauración neoconservadora". Luego del derrocamiento del
gobierno de Perón en 1955, sufrió persecuciones y acuñó otra frase perdurable
cuando llamó a la dictadura cívico-militar-eclesiástica surgida el 16 de
septiembre “Revolución Fusiladora” En 1956 se exilió en Chile, retornando al
país en 1960.
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