sábado, 1 de noviembre de 2014

LOS GAETE Y LOS IZARRA - A LO LARGO Y MÁS ALLÁ DE LA HISTORIA QUILMEÑA POR CARLOS F. IBARGUREN AGUIRRE

Trazar una semblanza de los Gaete requeriría no menos de dos volúmenes por su ingerencia en la historia del Pago de la Magdalena, primero y luego de Quilmes desde 1580, hasta no pocos lustros atrás. Esta rigurosa  investigación del historiador Carlos Federico Ibarguren Aguirre, es un ingreso en la que EL QUILMERO proyecta. Nos suena a los quilmeños los nombres "la Cañada de Gaete", la calle "Polonia Izarra de Gaete", "Villa Gaete", etc. Y difícilmente no aparezca este apellido ahondando en cualquier asunto histórico, incluso saliendo de los límites de la actual República Argentina, encontramos en Chile a los Ortiz de Gaete en cuya genealogía se halla Pedro de Valdivia, gobernador y capitán general de Chile en 1540, y fundador de Santiago de la Nueva Extremadura en 1541.
EL CORBATÓN – PROPIEDADES DE LOS ANTEPASADOS – EL GANADO CIMARRÓN – LA VIDA PÚBLICA COMO ALCALDE – PRISIÓN PREVENTIVA POR DEUDAS AL ERARIO DE POTOSÍ – ULTERIORIDADES DEL PROCESO AQUEL DE LAS DEUDAS IMPAGAS AL FISCO POTOSINO.
 
EL CORBATÓN
Pedro Izarra de Gaete, nació en la estancia El Corbatón (actual Ezpeleta) Era hijo del Capitán don Gaspar de Gaete y de la rica hacendada doña Polonia Izarra, recibió las aguas y óleos bautismales en la Catedral de Buenos Aires el 2 de agosto de 1624, apadrinado por el Contador de la Real Hacienda Luis de Salcedo y por Juana de Heredia.
El 8 de febrero de 1642, a los 18 años se casó con Leocadia Ribera de Medrano y Hurtado de Mendoza, tres años menor que él, hija del escribano y capitán Jerónimo de Medrano y de Francisca Hurtado de Mendoza y Ribera, que descendía de los famosos conquistadores Domingo Martínez de Irala y Ruy Díaz Melgarejo. (Los apellido se acomodaban a gusto de consumidor por aquellas épocas)"Cuando cassamos a don Pedro de Yçarra y Gaete, nuestro hijo, con doña Leocadia Hurtado de Mendoza - puntualizó don Gaspar de Gaete en su testamento -, le dimos a cuenta de sus legítimas dos mil cabezas de ganado bacuno terneras de la hierra del año en que se las dimos; y una sobrecama de terciopelo colorado y açul nueba, que costó cien pesos; cuatro almoadas, las dos llanas con sus acericos (almohaditas), y las otras dos labradas de seda; dos colchones nuebos de lienço de lino y una fresada con quatro sabanas de ruán nuebas. Y una caxa grande, que la caxa costó beinte pesos; dos camisas y dos naguas, de ruán la una camisa y naguas labradas de seda, y la otra camisa y naguas labradas con puntas (puntillas), y dos camisas de hombre, y dos pares de calçones de ruán (Rouan, Francia), todo muy obrado con puntas de flandes y sus balonas muy buenas; y dos pares de bestidos, uno de chamelote (tejido) de seda a flores, çacón, ropilla y jerequelo (?) y armador (jubón) medias mangas, ligas i sapatos; y otro de estameña, con otro de armador de lana con medias de seda; y un bestido de damasquillo de china, saya y jubón de damasco negro para la dicha doña Leocadia; y un adereço de espada dorada, que costó sesenta pesos, y otro negro que costó beinte y otras cosas que parecerán asentadas por su libro de el dicho don Pedro de Yçarra; todo lo qual no se tasó. Mando se tasé y se le pare a quenta de sus legítimas. Ytem; Declaro que me deve el dicho mi hijo ciento y quarenta pesos que le presté para sus pleitos, por una parte, y otras partidas de peso que no me acuerdo, que el susodicho tiene asentadas en su libro. Mando se le pidan y cobren, porque no sabe que no era plata mía, sino que se la dí de otra agena, que yo tenía" (textual)
Entre tanta fruslería para una visión actual, lo que nos prendería la atención son las "... dos mil cabezas de ganado bacuno terneras de la hierra del año en que se las dimos..."   
PROPIEDADES DE LOS ANTEPASADO
Pedro de Izarra Gaete heredó de sus padres - con su hermano Francisco - la morada ciudadana que estos, a su vez, heredaron del abuelo don Pedro de Izarra (el que llegó con Juan de Garay) Esas "cassas de vivienda" estaban edificadas en el terreno que forma la esquina Sud Este de las calles Bolívar y Alsina, enfrente mismo de la "Iglesia y Colegio de la Compañía de Jesús" (San Ignacio).
Además de los campos heredados en el Pago de la Magdalena, nuestro personaje había recibido en "merced", en recompensa por los servicios de sus mayores, unas tierras en el mismo pago, que hoy se ubicarían entre las estaciones ferroviarias de Burzaco y Claypole, ahora correspondientes al partido de Almirante Brown (Adrogué) También Izarra de Gaete compró a los herederos del primer poblador Pedro Isbrán, representados por Cristóbal Luque, una "suerte" de chacra en el "Pago de Monte Grande", de 350 varas de frente y una legua de fondo. Tal chacra se localizaría hogaño en la zona totalmente urbanizada de Vicente López, cerca del linde de ese partido con la Capital Federal, en un terreno que, años antes de su loteada general, fue parte de la chacra denominada "Buenas Vistas", contiguo a la quinta que perteneció a don José María Bosch, próxima a la estación Rivadavia del ferrocarril Mitre.
EL GANADO CIMARRÓN
Cabe aclarar que la compra de grandes extensiones de tierras interesaba, no por el valor de la tierra misma, sino por lo que contenían las tierras, el ganado cimarrón que se reproducía fácilmente y en abundancia a lo largo y a los ancho de toda la provincia. Esto se puede corroborar en legados de los siglos XVII y XVIII, como el que se transcribe más arriba. En algunos, un vestido tenía más valor que una estancia; hay reproducciones de esos testamentos en el libro del historiador César Gracía Belsunce "El Pago de la Magdalena".  
LA VIDA PÚBLICA COMO ALCALDE
El año 1659 "el Capitán don Pedro de Isarra Gaete" resultó elegido en el Cabildo Alcalde de primer voto y Alférez Real.
Por esas fechas también el hombre fue designado, por la Audiencia de La Plata, "Estanquero", con cargo exclusivo de vender naipes en las jurisdicciones de Buenos Aires y del Paraguay. Sin demora, el concesionario presentó en el Ayuntamiento porteño su título habilitante, donde la Audiencia establecía que, "en esta Siudad y probincia" (sic), no tengan curso ni se juegue con otros "naypes" (sic) que los proporcionados por el estanco de Potosí. Con pena para los violadores de tal imposición de 20 pesos y pérdida de las barajas, por primera vez, y "doblada la dicha pena más destierro", si se reincidía en infringir el decreto. Enterados los munícipes del expuesto monopolio potosino, tomaron cartas en el asunto, ordenando se guardaran y cumplieran todas aquellas disposiciones, y que se "apregonen" públicamente las multas y penas de referencia.
Días antes de este acuerdo, el Ayuntamiento había recibido, en pliegos cerrados, dos Reales Cédulas que se abrieron y leyeron reverentemente. Por una de ellas, el Monarca ordenaba que en el lejano Buenos Aires, "cada año, el segundo Domingo del mes de nobiembre" (sic), se celebrara "la fiesta del patrocinio de la birjen nuestra señora" (sic); y por la otra Cédula, Felipe IV les hacía saber a sus vasallos que con toda felicidad la Reina había parido un Príncipe, al que auspiciosamente se bautizó con el nombre de Felipe Próspero. (Infantito que después inmortalizaría Velázquez en uno de sus cuadros famosos). De más está decir que los capitulares "cojieron dichas sédulas, cada uno por sy, y las besaron y pusieron sobre sus cabesas diciendo que las obedesen como cartas de su Rey y Señor natural".
Mas el caso era que para celebrar dignamente aquella nueva devoción de la Santísima Virgen, los cortos fondos "propios" del municipio apenas si alcanzaban para cubrir cada año los gastos de las tradicionales "fiestas de obligación desta siudad" (sic). Por tanto, a fin de dar cima al mandato del Monarca, los cabildantes, presididos por el Alcalde Izarra Gaete, resolvieron cotizarse por turno, y abonar dichos solemnes Te Deums de sus bolsillos, "asiendo ese serbiçio a la virgen nuestra Señora', mientras le daban parte "al ylustrísimo Señor obispo desta probincia para que, por lo que le toca, cumpla con lo que Su Magestad manda".
En cuanto al natalicio del Serenísimo Principito Felipe Próspero, al haberse tenido aquí noticia oficial del magno alumbramiento, ello se festejó con especial alborozo. De noche tuvo lugar una "encamisada" o mojiganga, en la que grupos de vecinos a caballos, con hachas encendidas, hicieron "cada uno de su parte las inbinçiones que les parecieron" (sic). Durante tres vigilias seguidas brillaron luminarias en todas las puertas y ventanas del reducido caserío, y en la Plaza Mayor hubo "juegos de toros, cañas y escaramuzas de regocijos", con permiso general para que "cada qual haga las fiestas que quisiere, con las demás demostraciones de alegría que por bien se tubieren".
Por otra parte, como era excelente calígrafo y redactor, sus colegas del Cabildo, el 21 de marzo de 1659, acordaron; "se escriba a Su Magestad una carta dándole quenta de lo que se ha dispuesto sobre las fiestas del patrocinio de la Birjen", y "así mesmo sobre las fiestas que se hisieron por el nasimyento del príncipe nuestro Señor ... y para escribilla se comete al Señor Alcalde Don Pedro de Isarra Gaete".
PRISIÓN PREVENTIVA POR DEUDAS 
AL ERARIO DE POTOSÍ
Tras las fiestas, cuestiones funestas. Once meses más tarde, el 30 de diciembre de1660, los Oficiales Reales, Contador Pedro de Alvarado y Tesorero Francisco Quintana Godoy, advirtieron al Cabildo que el Rey, por diferentes cédulas, ordenaba que en las elecciones capitulares - a efectuarse el primer día del año - no podían votar ni ser votados los vecinos "que devieren a la Real Hazienda qualquier cantidad de maravedís, con penas pecuniarias, destierro de la provinzia, privazión de oficios y nulidad de tales elecciones". Que el Cabildo no había cumplido con esas normas, pues "estando presos y executados los capitanes don Pedro de Ysarra Gaete, Juan de Sacarías de la Sierra Morales y otras personas, an sido elexidas en ofizio de alcaldes hordinarios desta ciudad (Izarra Gaete el año anterior, como vimos), y actualmente lo está exerciendo dicho Juan de Zacarías, por cuia causa no se puede cobrar la Real Hazienda".
Aquellos publicanos regios, en consecuencia, exhortaban a los Cabildantes para que observen, cumplan y executen los Reales mandatos"; y requerían del Alguacil Mayor, Juan Pacheco de Santa Cruz, "declare si tiene executado al dicho Juan de Sacarías de la Sierra por deuda Real, como fiador ynsolidum del dicho Don Pedro de Ysarra Gaete, por el resto de ochenta y ocho mill y setenta y dos pesos que se le entregaron en la Real caxa de la villa de Potosí, de cuio resto deve oy a su Magestad más de veynte mill pesos". (¿Tantos pesos para montar el estanco de naipes? ¿o es que Don Pedro compró el cargo público de exclusivo vendedor de barajas y no pagó el precio convenido?)
Ignoro cual sería la suerte ulterior corrida por nuestro "Estanquero", a la sazón en trance económico tan angustioso y comprometido. Solo consta en los acuerdos capitulares que el Alguacil Pacheco informó al cuerpo "que el año cinquenta y nuebe le dieron los dichos señores jueces oficiales Reales los dichos mandamientos para ejecutar a Don Pedro de Gaete y sus fiadores"; que efectivamente trabó esas ejecuciones y puso "los bienes de los susodichos bajo la custodia del depositario general Antonio Bernalte de Linares", quedando aquellas personas "presas a su cargo".
No sé por cuanto tiempo quedó privado de la libertad mi lejano abuelo, y si finalmente pagó al tesoro potosino la enorme deuda que consignan los aludidos documentos. Lo positivo es que la sanción impuesta no fue muy rigurosa, y que el arresto lo cumplió el deudor en su domicilio.
Así, cuando el 15-IX-1661 el Cabildo trató acerca de la existencia de sal en la ciudad, a fin de "ponerle precio y saver la cantidad que ay para repartirla con quenta y razón entre los vezinos", los ediles mandaron que el Alguacil y Fiel Ejecutor notificara en sus casas "a las personas de don Pedro de Gaette y doña Polonia de Isara, su madre, Capitán Xptoval (Cristóbal) de Loyola y Capitán Thomás de Roxas y Nicolás Péres y ottras que se entendiese tengan sal en cantidad, la manifiesten ante dicho fiel executor y Escribano ... lo mesmo se notifique a Alonso Pastor", el marido de María de Gaete.
Por lo demás, la sanción aquella impuesta a don Pedro no debió ser muy rigurosa ni infamante, ya que en el "Padrón" vecinal porteño del año 1664, su nombre, como respetable jefe de familia, se encuentra mencionado textualmente así; "D. Pedro de Izarra Gaete - Dixo; que es natural de esta ciudad y que es casado de 23 años a esta parte con Da. Leocadia Hurtado de Mendoza, así mismo es hija de esta ciudad y tiene 8 hijos; y el susodicho es hijo del Capitán D. Gaspar de Gaete y de Da. Polonia de Izarra; que ejercieron todos los oficios militares y la administración de Justicia que se dan en esta ciudad; la dicha su mujer es hija de Gerónimo Medrano y de Da. Francisca Hurtado de Mendoza, nieta, por parte de madre, del Capitán Pedro Hurtado de Mendoza; y el susodicho Pedro de Izarra Gaete es nieto, por parte de madre, del Capitán Pedro de Izarra; y el susodicho Pedro Hurtado de Mendoza ha sido Capitán de una de las Compañías pagadas y electo Alcalde Ordinario y Alferez Real".
Años atrás, en otra oportunidad, Izarra de Gaete había soportado un conflicto arbitrario con la autoridad, sin duda de mucho menos importancia que aquella "prisión" - al parecer justa - que estamos recordando.
Fue por 1651, durante la gestión del desaforado Gobernador Jacinto de Lariz, cuando, por orden de éste, a don Pedro se lo obligó a fletar y conducir a destierro al Escribano de la Gobernación Gregorio Martínez de Campusano, en dos carretas de propiedad de Juan González, vecino de San Juan. Una vez destituido Láriz, Gaete lo demandó en su juicio de residencia por falta de pago, y por haberlo constreñido a que efectuara ese viaje a la región de Cuyo en un mes; travesía que el demandante cumplió con puntualidad. A causa de este reclamo, el Gobernador Baigorri, Juez del proceso, condenó a Láriz a indemnizarlo a Izarra Gaete con 60 pesos.
ULTERIORIDADES DEL PROCESO AQUEL 
DE LAS DEUDAS IMPAGAS AL FISCO POTOSINO
En los postreros años de la vida del personaje de esta historia, la causa judicial que sobre "su persona y bienes" le promovieron los Oficiales Reales, con motivo de sus deudas con la "Real Caxa de Potosí", permanecía vigente, según consta en los viejos acuerdos capitulares. En efecto; en 1691, a raíz de los festejos de Navidad y de fin de año, el Ayuntamiento, presidido por el Gobernador Agustín de Robles, mandó "se visitte la cárzel y demás calabozos de esta ciudad, para que se reconoscan las personas las personas que en ellas están presas y que puedan gozar de yndulto de la dicha Santa Pascua. Y en este estado - reza el acta correspondiente - se presentó (luego no estaba recluso) en este Cavildo el sargento mayor don Pedro de Ysarra Gaette, vecino de esta ciudad, y dijo que se presenta como preso cuia causa tiene asegurada como fiansa a favor de Su Majestad y de los Officiales RReales, cuia causa se está siguiendo y que es público esto; y enterado su Señoría, por este Cavildo, ser cierta esta relazión mandó su Señoría que debaxo de la dicha fianza goze del yndulto de esta Santa Pasqua" (textual)
Exactamente lo mismo ocurrió el 24 de Diciembre del año siguiente, en que también Izarra de Gaete se presentó al Cabildo "como preso cuya causa tiene asegurada con fianza a favor de Su Majestad y de los Oficiales Reales, la qual se está siguiendo, como es público y notorio ... Y mandó dicho señor Governador y este Cavildo que devajo de la dicha fianza goze del dicho yndulto de la Santa Pasqua"(sic) En igual forma el hombre hizo acto de presencia, ante el gobierno comunal, en las Navidades de 1693, 1694, en que "su causa estaba pendiente en el Real Consejo de Indias adonde están remitidos los autos"; y en 1695 y 1696; años todos en los cuales se lo indultó para que pudiera disfrutar de la Pasqua y sus días festivos en onrra y alabanza del Señor".
Tales constancias llevan a la conclusión de que Pedro Izarra de Gaete nunca estuvo encerrado tras las rejas de un calabozo, aunque mucho tiempo atrás, con motivo de sus cuentas con la Real Hacienda habíasele limitado la libertad hasta tanto pagara lo que debía. Su prisión, en este caso, resultaba puramente nominal, con la obligación de presentarse una vez al año al Cabildo; ya que la cárcel permanente solo se imponía entonces a la gente servil, estando exentos de ella - por más insolventes que fueran - "los homes honrados por linaje, por riqueza o por sciencia", como establecían las viejas leyes castellanas.
Además, aunque la suma debida por el interesado era al Erario, con manga ancha se pudo aplicar lo que una Real Cédula del 23/XI/1537 había dispuesto; que no se prive de la libertad, ni se trabe embargo contra los bienes de los conquistadores o vecinos pobladores de América enjuiciados por deudas particulares.
La situación legal de mi antepasado - si bien al principio se le embargaron sus propiedades - era la que podríamos llamar una suerte de veda para salir de la provincia mientras no cancelara sus deudas con el fisco. Y tanto esto fue así, que a través de treintitantos años de ininterrumpida interdicción, Izarra de Gaete no sufrió menoscabo alguno en su buena fama. En el censo de 1664, por ejemplo, el nombre suyo figura honorablemente como vecino de pro.
Y un lustro más tarde, el 13-III-1669, los Regidores del Cabildo, lejos de retenerle los bienes, leyeron una solicitud del "Capitán Pedro Ysarra de Gaete, en la cual éste decía que como auzionero de los ganados retirados en el Pago de la Magdalena ... nezesita de hazer recojida de mil cavezas" (sic) Y el Ayuntamiento otorgó la "lizenzia" pedida por el infrascripto para poblar los campos heredados de su abuelo con aquellas reses alzadas.
Durante el transcurso de su teórica "prisión", don Pedro fue nada menos que militarmente ascendido de Capitán a Sargento Mayor, como se titula en 1691. Y no deja de ser paradojal que, casi al mismo tiempo en que el presunto reo hacía acto de presencia a fin de obtener sus indultos pascuales, "entró en este Cavildo (29-I-1693) el Sargento Mayor Don Pedro de Yzarra Gaette y presentó una petiçión e ynformaçión dada ante el Capitán Fernando de Rivera Mondragón, Alcalde ordinario, el que ha provado ser lexítimo acçionero a los ganados y yeguas çimarronas que residen y pastan en las campañas y tierras realengas de la jurisdicción de esta Ciudad. Y por nos vista esa probanza - agregan los Regidores - declaramos que el dicho Sargento Mayor Don Pedro de Yzarra Gaette ha provado vastamente la acçión que tienen y de que gozaron sus antepasados al ganado vacuno y yeguas realengas, en prosecuzión de lo qual ha continuado el sussodicho gozando de dicha acçión, y teniendo estancia poblada ... mandamos que él y sus herederos gozen y ussen de la lexítima acçión que tienen a los dichos ganados, haciendo recogidas de ellos y venttas y lo demás que les conbenga; con tal de que se aya de presentar ante el Señor Governador de estas Probincias cada vez que quiera salir a dichas campañas, según esta dispuesto por autos y vandos de este govierno" (textual)
Los antecedentes transcriptos comprueban, una vez más, la relativa importancia que entre hidalgos - aunque fueran vecinos porteños del siglo XVII - significaban aquellas "prisiones" nominales aseguradas "con fianza a favor de S.M. y de los Oficiales Reales"; cuyas penas nunca molestaron demasiados a los deudores morosas condenados a tener por "cárcel" preventiva su domicilio, con libertad para desplazarse por la inmensa vastedad de la pampa circundante.
Después de 1696, el nombre de Pedro Izarra de Gaete deja de aparecer en los acuerdos del Cabildo. Tenía, entonces, más de 72 años de edad, de manera que su vida no se prolongaría por mucho tiempo. Debió de morir viudo en Buenos Aires, y sus restos han de haber sido sepultados en el enterratorio que poseían los Izarra en la Capilla Mayor de la Iglesia de San Francisco.
 Compilación e investigación Prof. Chalo Agnelli
 FUENTE 
Ibarguren Aguirre, Carlos Federico (1905 – 1998) (Trabajo inédito),
Tomos VII y XI, Los Gaete y Los Torres Gaete